¿Qué pasa con el baremo 2014? ¿Por qué no se ha publicado hasta el momento? ¿Qué cuantías se deben de tener en cuenta hasta que se produzca su publicación?
Estas preguntas pueden tener respuesta, una de ellas hipotéticamente y las otras dos de forma real y efectiva, pues a efectos de contabilizar las indemnizaciones que se devenguen a partir del 1 de Enero de 2014, simplemente habrán de actualizarse las cantidades conforme al IPC del último ejercicio, con efectos de primero de enero.
Efectivamente, el IPC se incrementó en el 2013 en un 0,3%, por lo que conforme al texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, se establece que anualmente, “…deberán actualizarse las cuantías indemnizatorias que se recogen en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación y, en su defecto, quedarán automáticamente actualizadas en el porcentaje del índice general de precios al consumo correspondiente al año natural inmediatamente anterior”.
Pues bien, por hacer un resumen y facilitar los cálculos, las indemnizaciones básicas para 2014, en tanto no se publique el nuevo baremo, que modificará sustancialmente el vigente hasta ahora, son las siguientes:
* Durante la estancia hospitalaria=> 71,84€
* Sin estancia hospitalaria:
=> Impeditivo: 58,41€
=> No Impeditivo: 31,43€.
Contestada la última pregunta, analicemos las otras dos, ¿qué pasa con el baremo 2014? Efectivamente lo normal es que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, hubiera publicado la actualización de dichas cantidades en las fechas en las que nos encontramos, pues como hemos dicho, la revalorización es automática, por lo que la causa de que no se haya producido este año, podemos situarla en el “nuevo baremo” que está desarrollando una comisión de expertos, entre los que se encuentran representantes de las Aseguradoras, Consorcio de Compensación de Seguros, Asociaciones de Víctimas, representantes de la Judicatura, Fiscalía y Abogacía especializada.
Dicha comisión debiera haber presentado ya sus conclusiones, pues se estableció un año de plazo, a partir de la Orden de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Justicia que la creaba, dicho plazo ha vencido, aunque según su presidente, estarán ultimadas y presentadas aproximadamente para Semana Santa, aunque dicho informe deberá antes de ser norma, pasar por los trámites necesarios para constituirse en Ley, si bien, dado el carácter consensuado del informe y la pluralidad de intervinientes en sus conclusiones, se prevé que no se realicen grandes cambios en el mismo.
Así pues el baremo del 2014 será provisional, en tanto no se publique definitivamente el nuevo sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, siendo la voluntad del legislador adaptar el sistema vigente desde el 1995, a las circunstancias actuales, criterios jurisprudenciales, modificaciones comunitarias y la necesidad de obtener un sistema válido para proteger a las víctimas, incrementando su protección y a la vez, como recoge la Orden: “…debe ser un instrumento eficaz para facilitar una cuantificación ágil y cierta de la indemnización y una consecución rápida de acuerdos entre las partes”, lo que todos esperamos.
Tuve un accidente en un centro comercial.me cai y tras una serie de peregrinaciones por centros de salud me dictaminaron un esguince te tobillo y me mandaron estar a reposo absoluto .llevo 16 dias impedida para mi actividad habitual.Deseo información para qe me indennicen.gracias
Hola Marisa: perdón por el retraso, aunque creo recordar que le contesté por email.
Para ser indemnizada, si aún no lo ha sido, lo mas recomendable es concertar los servicios de un abogado especializado, ya que es una garantía de que se hacen bien las cosas y una presión hacia la aseguradora responsable.
Presente reclamación en el centro y exija que le comuniquen la entidad aseguradora del mismo para iniciar conversaciones, insisto en que mejor si lo hace a través de un profesional que esté acostumbrado a esta clase de asuntos, pues entiendo que para un particular resulta complejo, hasta comunicar con la compañía de seguros.
Quedamos a su disposición, esperando haber sido de utilidad.
Un cordial saludo.
Isidro Gómez – Abogado Digital